Ante la desinformación que se está generando sobre la implantación del nuevo sistema de trazabilidad y medidas de seguridad de las labores de tabaco conviene conocer algunos datos sobre este tema.

[feature title=”Desde 2014, al aprobarse la Directiva Europea del Tabaco” featured=”yes” icon=”ok”]Conscientes de la importancia de poner en marcha un sistema de trazabilidad que permita atajar el problema de la competencia desleal y el contrabando, la Unión de Estanqueros ha seguido atentamente el desarrollo del sistema de trazabilidad que se incluyó en la Directiva Europea del Tabaco aprobada en abril de 2014 y que se traspuso a la legislación nacional en junio de 2017.
En su artículo 15, la Directiva establecía que “los Estados miembros se asegurarán de que todas las unidades de envasado de productos del tabaco estén marcadas con un identificador único“.[/feature] [feature title=”En diciembre de 2017, el Reglamento de Ejecución de la trazabilidad” featured=”yes” icon=”ok”]El Reglamento de Ejecución europeo fija las normas técnicas para el establecimiento y el funcionamiento del sistema de trazabilidad en todos los Estados miembros y ya deja claro en sus definiciones que se consideraba “primer establecimiento minorista” a la instalación en la que se comercializan los productos del tabaco por primera vez, incluidas las máquinas expendedoras utilizadas para la venta de productos del tabaco.[/feature] [feature title=”En febrero de 2018, reunión informativa convocada por la Comisión Europea” featured=”yes” icon=”ok”]La Comisión Europea convoca una serie de reuniones informativas en los diferentes países miembros y la Unión de Estanqueros acudió a la celebrada en España en la sede del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales con el objetivo de aclarar dudas sobre la implantación del sistema de trazabilidad.
En esta reunión la Unión de Estanqueros puso encima de la mesa la cuestión de las máquinas de vending como primer comercio detallista. El representante de la Comisión Europea explicó que había tenido conocimiento esa mañana de las peculiaridades del mercado del tabaco en España. Y varios de los asistentes, incluyendo la Mesa del Tabaco, apoyaron el planteamiento de la Unión de Estanqueros, señalando que no parecía necesario que la máquina de vending tuviera la consideración de primer comercio minorista dadas las características del mercado español. Aunque el representante de la Comisión Europea argumentó que el concepto de primer comercio minorista se entendía como el primer punto en el que el producto se pone en el mercado (a disposición del consumidor), señaló que era evidente que se trataba de una particularidad de nuestro mercado que habría que estudiar. [/feature] [feature title=”2018: reuniones, reuniones y más reuniones” featured=”yes” icon=”ok”]Hasta que en agosto y septiembre se realizaron la consulta pública previa y la consulta pública sobre la normativa, respectivamente, la Unión de Estanqueros realizó numerosas gestiones para transmitir la preocupación de los estanqueros sobre este tema a los diferentes agentes. Y tras la consulta pública, la Unión de Estanqueros se ha seguido reuniendo y transmitiendo sus preocupaciones a todas y cada una de las partes implicadas en el sistema de trazabilidad, su desarrollo y puesta en marcha incluyendo las correspondientes alegaciones a los proyectos de aplicación al mercado español. En todos los casos se nos escuchó, pero siempre se insistía en que la prioridad es contar con un sistema que controlase perfectamente el mercado de tabaco y que contribuyese a reducir y/o erradicar la competencia desleal y el contrabando.[/feature]

[feature title=”La Orden Ministerial confirma lo dispuesto por la Comisión Europea” featured=”yes” icon=”ok”]La Orden Ministerial publicada el pasado 22 de diciembre, traslada lo dispuesto por la Comisión Europea sin atender peticiones ni alegaciones. Y no sólo hicieron oídos sordos a nuestras particularidades. Sin que sirva de consuelo, el Gobierno de Canarias, que también puso encima de la mesa las muy especiales particularidades de las islas en el mercado de tabacos, tampoco consiguió mover ni una coma.[/feature] [feature title=”La aplicación de la trazabilidad” featured=”yes” icon=”ok”]A día de hoy se está trabajando a marchas forzadas para tener todo preparado en las fechas previstas. Si no hay cambios de última hora, los cigarrillos y la picadura de liar deberán cumplir con las nuevas normas a partir del 20 de mayo de 2019. Los operadores de primeros establecimientos minoristas (estancos y máquinas expendedoras) dispondrán hasta el 1 de octubre de 2019 para asegurar el pleno cumplimiento de sus obligaciones.[/feature] [feature title=”Obligaciones por definir” featured=”yes” icon=”ok”]Desde la Unión de Estanqueros se está reclamando insistentemente información sobre cuáles serán concretamente las obligaciones que deberá cumplir el estanquero en el sistema de trazabilidad y de qué manera deberá hacerlo: procesos, programas informáticos, herramientas tecnológicas… A día de hoy se sigue trabajando en todo el proceso. La Unión de Estanqueros está muy atenta a cualquier novedad y, especialmente, a que la implantación de la trazabilidad no suponga un contratiempo para el trabajo cotidiano de los estanqueros. Y que los esfuerzos que deban hacerse tengan un objetivo claro: contribuir a terminar con la competencia desleal y el comercio ilícito de tabaco.[/feature]
Published On: 1 March 2019 / Categories: Noticias Sector /