El Comisionado para el Mercado de Tabacos, respondiendo a una cuestión planteada por la Unión de Estanqueros, ha emitido una Circular por la que se amplía la vigencia de las autorizaciones para la venta de tabaco con recargo (PVR) durante el estado de alarma. En concreto, la circular establece que “la duración de todas las autorizaciones para la venta de tabaco con recargo que estuvieran vigentes a fecha 14 de marzo de 2020, así como la de todas aquellas autorizaciones que se expidan por el Comisionado para el Mercado de Tabacos mientras continúe el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se considerará ampliada por un periodo equivalente al que dure este estado de alarma y sus posibles prórrogas”.

Igualmente, la Circular emitida desde el Comisionado recuerda la obligación de “garantizar que el tabaco disponible en los puntos de venta con recargo se encuentre en buen estado de conservación y que cumpla el resto de la normativa aplicable cuando se ponga a disposición del consumidor.”

Circular 1/2020, de 4 de mayo, de la presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se informa a los operadores de la extensión de la vigencia de las autorizaciones para la venta de tabaco con recargo (PVR) durante el estado de alarma.