El pasado sábado, 13 de septiembre, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden HAP/1632/2014 por la que se aprueba el modelo de declaración-liquidación para la autoliquidación de la tasa por comprobación del cumplimiento de las condiciones requeridas para la obtención de la autorización de cada punto de venta con recargo establecida en la Ley 13/98, de 4 de mayo, de ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria.

Se trata del nuevo modelo del impreso 598 donde se incluye la nueva modalidad de gestión delegada. El impreso hace referencia a la gestión estableciendo dos casillas, a elegir, con las dos posibilidades de gestión, GESTIÓN DELEGADA O GESTIÓN DIRECTA.

Asimismo el impreso permite el cambio de modalidad de gestión, durante la vigencia de la autorización (3 años), incluyendo una nueva casilla en la sección BAJA-MODIFICACIÓN denominada CAMBIO MODALIDAD DE GESTIÓN. En estos casos no será necesario abonar una nueva tasa.

Estos impresos aún no han sido puestos en circulación por lo que es necesario esperar a disponer de los mismos para que los expendedores puedan comenzar a llevar a cabo la gestión delegada.

Orden HAP/1632/2014, de 11 de septiembre, por la que se aprueba el modelo de declaración-liquidación para la autoliquidación de la tasa para los puntos de venta con recargo (PVR)

Published On: 15 September 2014 / Categories: Noticias Sector /