El Comisionado para el Mercado de Tabacos ha aprobado las nuevas condiciones generales de distribución de Logista.
Las principales novedades respecto a las anteriores condiciones son:
- En los pedidos extraordinarios y urgentes, incorpora la financiación de picaduras liar por compras superiores a 2.000€ hasta la siguiente entrega del pedido ordinario. Por supuesto, se mantienen las actuales financiaciones para compras de cigarros y cigarrillos.
- Se respetan las condiciones de financiación establecidas en el Real Decreto 1199/1999 para las órdenes de adeudo directo empresa a empresa (SEPA B2B).
- Se regulan las condiciones para la suspensión de la financiación, en caso de impago de pedidos entregados.
- Se define el canje de productos por obsolescencia, sin perjuicio de lo expuesto en el artículo 18.5 del Real Decreto 1199/1999.
- Ha autorizado, para las expendedurías que presentan un volumen de operaciones inferiores a 600.000€ anuales, un plazo de suministro y financiación, de 30 días.
Estas condiciones generales y cualquier modificación a las mismas están disponibles en el Portal del Estanquero de Logista, en el apartado “Condiciones de Distribución”.
Si quiere consultar la nuevas condiciones puede hacerlo pulsando aquí: Nuevas condiciones generales de distribución de Logista