Existen evidencias que desaconsejan algunas medidas propuestas en el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 579/2017, de 9 de junio

La Unión de Asociaciones de Estanqueros de España comparte el análisis realizado en el informe elaborado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) del proyecto de Real Decreto 579/2017, de 9 de junio que regulará aspectos de la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco.

La Unión de Estanqueros ha aportado evidencias empíricas que desaconsejan algunas medidas de esta normativa y la CNMC deja claro que, en lo que se refiere al etiquetado genérico, la prohibición de sabores y aromas, y la de comercializar bolsas con un contenido de nicotina de un máximo de 0,99 mg/sobre, deberían ofrecerse evidencias empíricas para acreditar que se ajustan a los principios de buena regulación.

Concretamente, en el caso del empaquetado genérico la CNMC explica que “no se aporta evidencia científica ni estadística de en qué medida esta decisión puede reducirlo (el consumo de tabaco), ni los efectos que la misma pueda haber tenido en otros países de nuestro entorno”. Desde la Unión de Estanqueros sí se han aportado datos al respecto: la cajetilla genérica es completamente ineficaz como medida en la prevención del tabaquismo y ha quedado claramente demostrado en casos como el de Francia, Irlanda, Bélgica, Australia, etc. Concretamente en Francia, pese a contar con esta medida desde 2017, la cuota de tabaquismo está tres puntos por encima de la española, según datos del último Eurobarómetro especial “Actitudes de los europeos hacia el tabaco y los productos relacionados. Mayo-junio 2023”.

Información fiable

Sobre la restricción de sabores y aromas, la CNMC recomienda analizar si la medida planteada contribuye directamente a lograr el objetivo perseguido puesto que no se aportan estudios sobre los efectos de la medida en otros países. Nuevamente, en la Unión de Estanqueros sí contamos con información fiable y contrastada: según el National Health Service del Reino Unido, la evidencia muestra que los vaporizadores de nicotina son en realidad más efectivos que las terapias de reemplazo de nicotina, como parches o chicles. Y la mayoría de los usuarios optan por sabores diferentes al tabaco, por lo que dejarles ese único sabor podría empujarles de vuelta al tabaquismo, buscando el sabor original.

Finalmente, en el caso de las bolsas de nicotina, la CNMC señala que ni en el proyecto, ni en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN) se encuentra justificación “que explique por qué se fija la cantidad en cuestión”.  Si los expertos han establecido que la cantidad que satisface a un fumador frente a un cigarrillo está alrededor de los 17mg de nicotina, no tiene sentido que se prohíba comercializar bolsitas de más de 0,99 mg de nicotina. Además, añade, “la medida establecería de facto una prohibición a la comercialización en el mercado español de un producto que sí puede comercializarse en otros países de la Unión Europea”. Y sería contradictorio con el objetivo de prevención del tabaquismo cuando Suecia, donde el consumo de estos productos y otros similares es habitual, se acaba de declarar el primer país libre de humos con menos del 5% de tabaquismo.