< PreviousActualidad AL MARGEN DE LA LEY Actualidad AL MARGEN DE LA LEY La Fiscalía pide 21 años de prisión para una red de contrabando de tabaco a gran escala S u tamaño no era excesivamente grande; de hecho, se conoce la existencia de solo tres personas, pero el volumen de lo que facturaban y la mercancía que distribuían sí que era significativa, cuanto menos. Según las investigaciones de la Agencia Tributaria y la Unidad Operativa de Vigilancia Aduanera de Palma, habrían ob- tenido más de 700.000 euros de más de 11.300 pedidos. En 2014, ambos organismos empezaron a vigilar la ac- tividad de los sospechosos, después de haber recibido la alerta de las autoridades polacas de que varios hombres habían vendido y exportado más de 1.400 kilogramos de hoja de tabaco seca de su país a España a través de su página web: www.tabacoshop24.com. Analizando su actividad en Correos, la Agencia Tributaria y Adua- nas descubrieron que ese año los sospechosos habían facturado más de 80.000 euros en pequeños envíos, que llegaban a diferentes cuentas corrientes, y más de 300.000 euros a través de pequeñas transferencias bancarias. En 2016, descubrieron que almacenaban la mercancía en la localidad balear de Son Servera y que lo fabrica- ban en una nave agraria en San Lorenzo del Cardezar, también en Mallorca. En mayo, registraron esta nave y observaron que estaba dotada perfectamente: con etiquetas de Camel, Winston y Marlboro, entre otras, envases, máquina para triturar y secar el tabaco… El juicio se había demorado desde entonces. Pero ya en 2021, la Fiscalía insiste en que los acusados paguen por sus actividades ilegales, tanto de contrabando, como de fraude y propiedad intelectual y pide 21 años de cárcel para los tres, siete a cada uno, y una multa de 600.000 Una ORGANIZACIÓN CRIMINAL que se dedicaba al CONTRABANDO DE TABACO entre POLONIA Y ESPAÑA y que se DESARTICULÓ EN 2014 está siendo juzgada. 50 La organización vendía tabaco a través de su página web: www.tabacoshop24.com desde Polonia. Las investigaciones consideran que pudo obtener más de 700.000 euros median- te unos 11.300 envíos a particulares. euros. Hay más de 10 marcas de tabaco personadas como acusación particular. Detenidas tres personas en Cádiz por contrabando de 20.000 cajetillas ilegales y 6.000 litros de combustible para las lanchas F ruto de estas investigaciones, la Policía Nacional detu- vo a tres personas en diferentes actuaciones en “alijos” a pie de playa, cuando desembarcaban la mercancía, procedente de Marruecos. También registraron garajes y casas, lugares que se conocen como “guarderías” para al- Dos detenidos con 6.000 cajetillas de tabaco de contrabando en una embarcación en Cádiz A l percatarse de su presencia, la Guardia Civil orga- nizó un dispositivo de vigilancia, que observó que el vehículo se dirigía a la desembocadura del río Palmones, donde podrían desembarcar la posible car- ga. En efecto, los agentes vieron a tres tripulantes y a un grupo de personas esperando en la orilla. Entonces, los agentes de la Benemérita pasaron a la ac- ción para detenerles. Cuando el grupo del barco se dio cuenta, intentó huir, pero dos de ellos no lo consiguie- ron. Uno de los detenidos era menor de edad y tanto él como el otro implicado cuenta con un amplio historial policial por este tipo de delitos. El tercer tripulante sí consiguió darse a la fuga. Llegaron los refuerzos, con las otras patrullas presen- tes en la operación, y procedieron a incautar tanto la mercancía, de 6.000 cajetillas de tabaco -con un valor de más de 23.900 euros- como la embarcación. Todo fue puesto a disposición judicial. macenar la mercancía. En este caso, la Policía incautó algo más de 21.000 cajetillas de tabaco. Además, también re- quisó tres vehículos todoterreno, con gran potencia, que los criminales utilizan para el transporte de los productos y que, en caso de ser sorprendidos por las autoridades, pue- dan servir tanto para huir con velocidad como para embes- tir otros transportes. Sin embargo, la Policía no solo encontró los vehículos para el transporte terrestre. Para traer los productos de África, los contrabandistas suelen utilizar lanchas – “narcolan- chas” , según la jerga policial-. En las operaciones contra el contrabando que se realizaron a finales de junio en Cádiz, los agentes encontraron también 6.000 litros de gasolina para las lanchas. En lo que va de año, la Comisaría de la Línea ha confiscado más de 23 vehículos todoterreno y más de 200.000 cajeti- llas de tabaco, al tiempo que ha detenido a 24 personas. 51 La GUARDIA CIVIL de ALGECIRAS,CÁDIZ, realizó una operación contra el CONTRABANDO DE TABACO en la mañana del 1 DE JULIO cuando varias PATRULLAS DE OFICIALES interceptaron una EMBARCACIÓN SEMIRRÍGIDA con mercancía ilegal que navegaba A GRAN VELOCIDAD por la zona “24 HORAS” de LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN. A FINALES DE JUNIO, CÁDIZ fue el escenario de VARIAS OPERACIONES en la lucha contra el CONTRABANDO DE TABACO. CÁDIZ es una provincia que por CERCANÍA CON ÁFRICA supone una ZONA DE ENTRADA Y SALIDA de MERCANCÍA ILEGAL, en donde LOS AGENTES han redoblado LA VIGILANCIA desde hace tiempo, CONSCIENTES DEL MOVIMIENTO que existe. Actualidad AL MARGEN DE LA LEY Actualidad AL MARGEN DE LA LEY Detenido en Cáceres un hombre que transportaba 440 kilogramos de picadura en su furgoneta Detenido un vecino de un pueblo de Lugo tras robar en un bar estanco y llevarse 250 euros y varios cartones de tabaco F ue en la madrugada del miércoles 7 de julio. Habían establecido un control policial a la altura de Valdes- alor, Cáceres, por la incidencia de actividades ilega- les en esta carretera. Cuando pararon la furgoneta e inspeccionar el interior, los agentes encontraron montones de bolsas que a su vez estaban llenas de bolsas transparentes con auto- cierre, cada una de un kilogramo de picadura de tabaco, sin precintos de ningún tipo que acreditaran su proce- dencia. Al pesarlas, el total fue de 440 kilogramos, lo que su- pone un valor económico de 75.000 euros, aproxima- damente. También observaron que el conductor no llevaba la documentación para conducir en regla. Le detuvieron por delito de contrabando y también por delito “contra la seguridad vial” y fue puesto a disposición judicial en Cáceres. De la misma manera, toda la mercancía fue requisada. En la CARRETERA A-66, la GUARDIA CIVIL detuvo a un hombre de 36 años, vecino de ÉCIJA, SEVILLA, por CONTRABANDO DE TABACO. La Guardia Civil interceptó el vehículo duran- te un control rutinario, en una carretera que sube desde Sevilla hasta el norte, pasando por Extremadura, y que es muy habitual en actividades de contrabando. G uardia Civil frustró un robo en un estanco en la localidad de Outeiro de Rei, en Lugo, en el mes de junio. Sucedió a primera hora de la mañana en el bar estanco Sarano, en el que un hombre de 36 años, vecino de la localidad, forzó a uno de los trabajadores a que le entre- gara dinero de la caja, con valor de 250 euros, y varios cartones de tabaco. Según fuentes de la investigación, el ladrón portaba un arma blanca, un cuchillo, con el que amenazó a un trabajador para llevarse la mercancía. Po- dría tener “problemas de drogas”. Al salir, cerca del lugar de los hechos, en las inmediacio- nes de la parroquia de Robra, fue detenido por la Guardia Civil de Lugo. 52PARA MÁS INFORMACIÓN: Tel.: 91 308 36 66 o www.union-estanqueros.com ASÓCIATE, saldrás ganando. Todo son ventajas.54 Tribuna legal Según lo establecido en el Plan de Objetivos de la Subsecretaría de Hacienda, donde se incluye un Plan de Objetivos específico para el Comisionado para el Mercado de Tabacos, a finales del mes de junio, el Organismo publicó la nueva “Guía para Expendedores de Tabaco y Timbre del Estado”, que contiene información actualizada sobre la normativa y los procedimientos que afectan a los expendedores. También contiene acceso a los nuevos formularios tipo y a los documentos necesarios para llevar a cabo dichos procedimientos. ,1)250$&,Ï162%5(/,48,'$&,Ï1,1*5(62<5(&85626DOGRUVR~OWLPDSiJLQD $872/,48,'$&,Ï1 '(7$6$ 32562/,&,78''( $8725,=$&,Ï1'(9(17$&21 5(&$5*2 395 &Ï',*2 2UJDQLVPR$XWyQRPR &RPLVLRQDGRSDUDHO0HUFDGR GH7DEDFRV 6XEVHFUHWDUtD # (MHPSOD USDUDHO&RP LVLRQDGRSD UDHO0HUFDG RGH7DEDFR V N.I.F./D.N.I. Apellidos y nombre RUD]yQVRFLDO Calle, Plaza, Avda. NúmeroEsc.Piso Puerta Teléfono Localidad Municipio Provincia C. Postal Calle, Plaza, Avda. Número (StJUDIH,$( 7LSRGH(VWDEOHFLPLHQWR C. Postal Nombrede lavía pública ,'$726'(/(67$%/(&,0,(172 Nombredelavía pública (MHUFLFLR '$726'(/38172'(9(17$ '$726'(/7,78/$5'(/(67$%/(&,0,(172 1RPEUHGHO(VWDEOHFLPLHQWR Localidad Municipio Provincia ,,(;3(1'('85Ë$'(680,1,6752 1,)GHO7LWXODU &yGLJR([SHQGHGXUtD 1RPEUHGHOD([SHQGHGXUtD /RFDOLGDG ,,,)250$'(*(67,Ï1 /,48,'$&,Ï1 9(17$$8720È7,&$ &RUUHR(OHFWUyQLFR &RUUHR(OHFWUyQLFR Ministerio GH +DFLHQGD &RPLVLRQDGRSDUDHO0HUFDGRGH7DEDFRV3+DEDQD 0DGULG 1,)4- 97$6$32562/,&,78''($8725,=$&,Ï1'(9(17$&215(&$5*27$5,)$ ,03257( &,*$5526<&,*$55,726 ,*(67,Ï1'(/(*$'$ ,,*(67,Ï1 ',5(&7$ ,90È48,1$ (;3(1'('25$ 0HGLDQWHODSUHVHQWHVROLFLWXGVHGHFODUDTXHHOPRGHORGHPiTXLQDH[SHQGHGRUDTXHVHUiLQVWDODGDHQ HOHVWDEOHFLPLHQWRHQODPRGDOLGDGGHYHQWDDXWRPiWLFDVHHQFXHQWUDGHELGDPHQWHKRPRORJDGDSRUHO &RPLVLRQDGRSDUDHO0HUFDGRGH7DEDFRV\TXHODPiTXLQDKDVLGRLQVFULWDHQHO&RPLVLRQDGRSDUDHO 0HUFDGRGH7DEDFRV 1RPEUHDSHOOLGRV\I LUPDGHO 7LWXODUGHOD([SHQGHGXUtD sĂůŝĚĂĐŝſŶƉŽƌůĂŶƚŝĚĂĚĂŶĐĂƌŝĂ ͗Este documento no será válido sin la certificación mecánica o, en su defecto, firma autorizada 'HFODUR EDMRPLUHVSRQVDELOLGDG QRHQFRQWUDUPHLQFXUVR HQQLQJXQD GHODVSURKLELFLRQHV \OLPLWDFLRQHV DODYHQWDGHORV SURGXFWRVGHOWDEDFR FRQWHQLGDVHQOD /H\GH GH GLFLHPEUH%2( GHGHGLFLHPEUH GHPHGLGDVVDQLWDULDV IUHQWHDOWDEDTXLVPR \UHJXODGRUDGH ODYHQWDHOVXPLQLVWURHO FRQVXPR\OD SXEOLFLGDGGHOWDEDFR DVtFRPRHQODVFRQWHQLGDV HQ ODVQRUPDVDXWRQyPLFDVRPXQLFLSDOHVUHIHUHQWHVDODYHQWDGHO WDEDFR $VLPLVPRHQYLUWXGGHOR HVWDEOHFLGR HQHO5HDO'HFUHWR GHGH DEULOSRUHOTXHVH VXSULPHODDSRUWDFLyQ GHIRWRFRSLDVGH GRFXPHQWRVGHLGHQWLGDG DXWRUL]RDO&RPLVLRQDGR SDUDHO 0HUFDGRGH7DEDFRVSDUDHODFFHVRDO 6LVWHPDGH9HULILFDFLyQ GH'DWRVGH,GHQWLGDG FDVRFRQWUDULR PDUFDUHVWDFDVLOOD 1RDXWRUL]RDGLFKR DFFHVR\DGMXQWR IRWRFRSLDGHO'1, RWDUMHWDGHLGHQWLILFDFLyQGHH[WUDQMHURV7RGRHOORVLQSHUM XLFLRGHORHVWDEOHFLGRHQ OD/H\GHGHRFWXEUHGHO3URFHGLPLHQWR$GPLQLVWUDWL YR&RP~QGHODV$GPLQLVWUDFLRQHV 3~EOLFDV ,QJUHVRHIHFWXDGRDIDYRUGHO7HVRUR3~EOLFRFXHQWDUHVWULQJLGDGHOD $($7SDUDOD5HFDXGDFLyQGH7$6$6 ,%$1 #!# ### # "# #!## ! # DGHGH )LUPD 68-(723$6,92 (QWLGDG6XFXUVDO' & 1~PHURGH&X HQWD ,%$1 '$726%$1&$5,26 (67(,035(62 6('(%(5(//(1$5(/(&75Ï1,&$0(17( 126($'0,7,5È1,035(626&803/,0(17$'26$0$121,)272&23,$6 ,1)250$&,Ï162%5(/,48,'$&,Ï1,1*5(62<5(&85626DOGRUVR~OWLPDSiJLQD Nueva “Guía para Expendedores de Tabaco y Timbre del Estado” y nuevo modelo 598 de autorización de punto de venta con recargo55 T al y como os hemos ido avanzando en las últimas Tribunas Legales, la Orden HAC/475/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y liquidación de la tasa y el canon estableci- dos en la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de orde- nación del mercado de tabacos y normativa tributaria, que entró en vigor el pasado 1 de julio de 2021, introdujo los nuevos modelos de impresos de autoliquidación y liquida- ción de tasas y canon establecidos en la Ley 13/1998; por lo que hay determinados pro- cedimientos del Comisionado que requie- ren de la autoliquidación previa de una tasa, siendo éstos los relacionados con (I) cambios de emplazamiento, (II) transmisiones, (III) obras, (IV) almacén complementario y (V) extensión transitoria. Una vez efectuado el pago de la tasa, se deberá presentar junto con el resto de documentación del procedi- miento que corresponda. NUEVA GUÍA PARA EXPENDEDORES DE TABACO Y TIMBRE DEL ESTADO La Guía del Expendedor contiene nuevos Formularios para los siguientes procedi- mientos: I.- Procedimientos que requieren autoli- quidación de Tasa: • Cambio de emplazamiento de expendedu- rías. • Autorización de obras en expendedurías. • Transmisión de la titularidad de expende- durías. • Almacén complementario de la expende- duría. • Extensión transitoria de expendedurías. II.- Procedimientos que NO conllevan la autoliquidación de Tasa: • Declaración responsable para la comercia- lización de otros productos. • Cierre temporal de expendedurías. • Restricción horaria en las expendedurías de tabaco y timbre. • Renuncia expresa a la expendeduría. La Guía del Expendedor ha sido redactada de manera clara y sencilla y contiene informa- ción práctica sobre la normativa y los proce- dimientos que afectan a los expendedores. Todos los formularios existentes hasta la fecha han sido reemplazados por los nue- vos modelos que aparecen publicados en la Guía del Expendedor, por lo que cada inte- resado deberá cumplimentar desde el 1 de julio los mismos y aportar los documentos requeridos, siguiendo las instrucciones que se incluyen en cada procedimiento. Sin perjuicio que durante nuestras próxi- mas Tribunas Legales vayamos analizan- do con más detenimiento cada uno de los procedimientos y nuevos Formularios, os avanzamos en estas páginas las siguientes novedades: Por una parte, la Guía del Expendedor in- cluye, en su página 23 y siguientes, los re- quisitos a cumplir en cuanto a la instalación del rótulo y la banderola cuya instalación es obligatoria, detallándose modelos, tipogra- fía y Pantone requeridos. En cuanto al procedimiento de cambio de emplazamiento, se incluye una referencia expresa al criterio del Comisionado sobre la prohibición de ubicar el nuevo emplazamien- to de la expendeduría a menos de 100 metros de centros educativos, así como la obligación de aportar certificado de distancias en aque- llos supuestos en que el centro docente se en- cuentre a menos de 300 metros. En relación al procedimiento para la auto- rización de obras, destaca como novedad, la obligación de aportar certificado de distan- cias a las 3 expendedurías más próximas, en aquellos casos en que se proceda a la apertu- ra de una nueva puerta en la expendeduría. Respecto a los procedimientos de transmi- sión tanto inter vivos como mortis causa, no hay novedades reseñables a excepción del nuevo Formulario editado para los casos en que se lleve a cabo simultáneamente una transmisión inter vivos con cambio de em- plazamiento. En cuanto a la Declaración Responsable para la comercialización de otros produc- tos, el Comisionado ha introducido en las Instrucciones de dicho Modelo los criterios sobre productos y servicios que no podrán ser comercializados en el estanco y que son aquellos: La nueva “Guía para Expendedores de Tabaco y Timbre del Estado”, que contiene información actualizada sobre la normativa y los procedimientos que afectan a los expendedores.Tribuna legal formularios, pero mantienen los mismos requisitos establecidos en la norma. Por último, la Guía del Expendedor cuenta con un interesante apartado de Preguntas Más Frecuentes (FAQ) al final de la misma. Como ya hemos comentado, los procedi- mientos para la solicitud de cambio de emplazamiento, transmisión de la expen- deduría, obras, almacén complementario y extensión transitoria están sujetos a la au- toliquidación previa de la Tasa con código 596, que podéis descargar y cumplimentar en la Sede Electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos: https://cmtabacos.sede.gob.es/pagina/ index/directorio/NuevasTasas El importe de las Tasas depende de cada procedimiento y se encuentra publicado en la web del Comisionado, siendo las mismas actualizadas cada año según la Ley de Pre- supuestos Generales del Estado. Las tasas vigentes para el ejercicio de 2021 son las si- guiente: Que se dirijan a menores de edad, tales como juguetes, juegos, alimentos o productos di- rigidos a menores de edad. Que vulneren la normativa estatal, autonó- mica o local. Que afecten a la conservación de productos de tabaco o efectos timbrados, como los que desprendan fuertes olores o aromas. Que supongan desatender el servicio público o a los usuarios, o los que afecten a la seguri- dad de los usuarios tales como los que pue- dan comportar un riesgo para la seguridad o la salud. El procedimiento para solicitar el cierre tem- poral de la expendeduría queda unificado en un mismo Formulario, donde se hará cons- tar el tiempo del cierre solicitado y el motivo por el cual se solicita, independientemente si el mismo es por vacaciones, enfermedad, larga duración u otros motivos. En cuanto a los datos para solicitar la res- tricción horaria en el nuevo Formulario, únicamente se deberá indicar el motivo, el periodo y el horario solicitado. Los procedimientos para solicitar extensión transitoria o renuncia expresa a la titulari- dad de la expendeduría cuentan con nuevos Todos los formularios existentes hasta la fecha han sido reemplazados por los nuevos modelos que aparecen publicados en la Guía del Expendedor. 56 TasaCuantía euros (€) Tarifa 3 - Puntos de Venta con Recargo (PVR) Por cada autorización trienal231,03 Tarifa 4, Clase 1- Cambio de emplazamiento; Transmisión con cambio de emplazamiento; Modificación de expendedurías a) Capitales de provincias y municipios de más de 100.000 habitantes462,15 b) Municipios de hasta 100.000 habitantes385,13 c) Expendedurías complementarias231,06 Tarifa 4, Clase 2- Transmisión sin cambio de emplazamiento; Cambios o modificaciones temporales de emplazamiento; Obras o almacenes Por cada autorización192,57 Tarifa 2 – Participación en subastas de Expendedurías de Tabaco y Timbre del Estado a) Capitales de provincia y municipios de más de 100.000 habitantes217,64 b) Municipios de más de 10.000 y menos de 100.000 habitantes145,09 c) Municipios de hasta 100.000 habitantes108,83NUEVO MODELO 598 DE AUTORIZACIÓN DE PUNTO DE VENTA CON RECARGO (PVR) Por otra parte, también desde el 1 de julio de 2021, las solicitudes de autorización para la venta con recargo deberán realizarse obli- gatoriamente a través del nuevo Modelo de Tasa 598 y siguiendo los siguientes pasos: 1. Descargar el Modelo 598 en el enlace: https://cmtabacos.sede.gob.es//fiche- ro-publico/descargar/id/1921 2. Leer las instrucciones que hay al final del modelo. 3. Completar electrónicamente el formu- lario. No se admitirán documentos cumpli- mentados a mano ni fotocopias. 4. Imprimir todas las páginas, cada una de ellas por una sola cara. 5. El Expendedor de Suministro deberá fir- mar todos los ejemplares. 6. El solicitante (titular del establecimien- to) deberá firmar también todos los ejem- plares en el apartado sujeto pasivo. 7. Acudir a la entidad bancaria con el mo- delo impreso completo y firmado, y efec- tuar el pago. a. Enlace para consultar las entida- des para realizar el pago con car- go en cuenta: https://www.agen- ciatributaria.es/AEAT.internet/ Inicio/Ayuda/Pago_de_impuestos__ta- sas_y_deudas_por_Internet/Listado_ de_Entidades_Bancarias_adheridas/ Entidades_adheridas_al_pago_de_au- toliquidaciones_con_cargo_en_cuenta. shtml b. Enlace para consultar las entidades para realizar el pago con tarjeta: https://www. agenciatributaria.es/AEAT.internet/ Inicio/Ayuda/Pago_de_impuestos__ta- sas_y_deudas_por_Internet/Lista- do_de_Entidades_Bancarias_adheridas/ Entidades_adheridas_al_pago_de_au- toliquidaciones_mediante_tarjeta.shtml 8. Una vez efectuado el pago, la entidad bancaria conservará un ejemplar y entre- gará al interesado los otros 3 ejemplares: un ejemplar para el Solicitante, un ejem- plar para el Expendedor de Suministro y un ejemplar para el Comisionado para el Mer- cado de Tabacos: a. Ejemplar para el Comisionado para el Mercado de Tabacos: una vez sellado por el banco, deberá ser enviado al Organismo. b. Ejemplar para el Expendedor: entréguelo al Expendedor. c. Ejemplar para el Solicitante: una vez se- llado por el banco, conservar como justi- ficante de pago. 9. En el caso de quioscos o tiendas de con- veniencia se deberá adjuntar lo siguiente: a. Quiosco: título administrativo que habilite la ocupación del dominio público munici- pal. b. Tienda de conveniencia no ubicada en es- tación de servicio: certificación acredita- tiva expedida por la autoridad competente en materia de comercio. 10. El ejemplar del Comisionado para el Mercado de Tabacos acompañado de la documentación correspondiente en el caso de quioscos o tiendas de convenien- cia deberá ser remitido a través de alguno de los siguientes medios: a. Procedimiento electrónico de PVR: https://rec.redsara.es/registro/action/are/ acceso.do b. Oficinas de Registro de cualquier Admi- nistración: https://administracion.gob. es/pagFront/atencionCiudadana/ofici- nas/encuentraOficina.htm c. Correo postal, al Comisionado para el Mercado de Tabacos, Paseo de la Habana, 140, 28070, Madrid. 11. Una vez autorizado, se notificará de for- ma electrónica en Carpeta Ciudadana (https://sede.administracion.gob.es/ carpeta/clave.htm) o en el domicilio del interesado por correo postal. Por último, las opciones de “Baja/Modifica- ción ”, que hasta el momento se encontraban incluidas en el propio modelo de solicitud de La Guía del Expendedor incluye los requisitos a cumplir en cuanto a la instalación del rótulo y la banderola cuya instalación es obligatoria, detallándose modelos, tipografía y Pantone requeridos. 57Con la cumplimentación de este impreso se podrán realizar las modificaciones que se ya se encontraban previstas en los impresos antiguos y que son: - Baja. - Cambio de expendeduría. - Cambio de domicilio del establecimiento. - Cambio de máquina expendedora. - Cambio de propietario de la máquina, - Cambio de modalidad de gestión. El propio impreso señala que estas modifi- caciones no suponen el devengo de TASA; sin embargo, en la casilla “Nombre del Esta- blecimiento” , sí que se señala que debe tra- tarse del mismo, indicando que cualquier modificación de nombre del establecimiento devengará tasa. Tribuna legal autorización para la venta con recargo (Mo- delo 598), han desaparecido de dicho impre- so ya que el Comisionado para el Mercado de Tabacos ha publicado en su página web, un Modelo de Impreso específico para la “Mo- dificación de Autorización para la venta con recargo (PVR)”, que podréis encontrar en el Área Temática de “Puntos de Venta con Recargo” de la página web del CMT, en el si- guiente enlace: https://www.hacienda.gob.es/es-ES/ Areas%20Tematicas/CMTabacos/Paginas/ Ventaconrecargo.aspx Desde el 1 de julio de 2021, las solicitudes de autorización para la venta con recargo deberán realizarse obligatoriamente a través del nuevo Modelo de Tasa 598. JOSÉ M a RENES Colegiado: 85.355 PILAR BARBA Colegiada: (81904) Firma Está prohibida la venta de productos del tabaco a los menores de 18 años Ley 28/2005, de 26 de diciembre Si eres MENOR, NO me Está prohibida la venta de productos del tabaco a los menores de 18 años Ley 28/2005, de 26 de diciembre Si eres MENOR, NO me Next >