< PreviousTribuna legal 52 Los expendedores deben tener en todo momento presente su especial condición de concesionarios administrativos del Estado y su sujeción a las normas específicas del mercado de tabacos, que deben seguir cumpliendo. d) Retorno al lugar de residencia ha- bitual. e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas espe- cialmente vulnerables. f) Desplazamiento a entidades finan- cieras y de seguros. g) Por causa de fuerza mayor o situa- ción de necesidad. h) Cualquier otra actividad de análo- ga naturaleza que habrá de hacer- se individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapa- cidad o por otra causa justificada. Igualmente, el Real Decreto permite la cir- culación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas o para el reposta- je en gasolineras o estaciones de servicio. A este respecto, y con el fin de que tan- to los expendedores como los empleados del estanco puedan justificar sus despla- ANEXO Modelo de declaración responsable a emitir para los trabajadores por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso retribuido recuperable recogido en el Real Decreto-ley 10/2020 D/D.ª ______________________________________, con DNI ___________________, actuando como representante de la empresa/empleador ___________________________________ (NIF:_____________). Datos de contacto de la empresa/empleador: – Domicilio: _______________________________________ – Teléfono: _______________________________________ – Correo electrónico: _______________________________ Declara responsablemente: Que D/D.ª _______________________________________ con DNI _____________________ es trabajador/a de esta empresa/empleador y reúne las condiciones para no acogerse al permiso retribuido recuperable establecido en el Real Decreto-ley 10/2020. Para que conste a los efectos de facilitar los trayectos necesarios entre su lugar de residencia y su lugar de trabajo. En ________________________, a ____de ____________de 2020. FDO: ________________________La Disposición Adicional Tercera del Real Decreto, determina la suspensión y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del Sector Público. 53 CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO PARA TITULAR DE EXPENDEDURÍA DE TABACO D/DÑA._______________________________, con DNI nº ________________, titular de la expendeduría nº _____ de ________________, con código del Comisionado para el Mercado de Tabacos nº ___________, sita en C/ _____________________ nº___ en la localidad de _____________, provincia de _________________ por medio del presente escrito, CERTIFICA: Que la actividad que realizan las Expendedurías de Tabaco y Timbre del Estado se encuentra expresamente exceptuada de la suspensión de apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, de acuerdo con lo previsto en el art. 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Que como titular de la Expendeduría de Tabaco y Timbre nº ____ de la localidad de _____________ debo desplazarme desde mi domicilio a mi establecimiento comer- cial durante los siguientes días de la semana: _____________ a _____________ en el siguiente horario comercial: ____________________. Que se expide el presente Certificado a los efectos de poder acreditar ante las Auto- ridades competentes la realidad de mis obligaciones laborales y la necesidad de rea- lizar los desplazamientos señalados, de conformidad con lo que establece el artículo 7.1 c) y d) del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Fecha y firma del titular de la expendeduría zamientos al centro de trabajo, os faci- litamos un modelo de CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO PARA EMPLEADO DE ESTANCO y un modelo de CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO PARA TITULAR DE EXPENDEDURÍA, con el fin de que tan- to los empleados como los estanqueros lo lleven consigo a la hora de acudir a la expendeduría y retornar a sus respectivos domicilios. También es conveniente que el expende- dor porte una COPIA DE LA ACREDITA- CIÓN COMO EXPENDEDOR emitida por el Comisionado, de manera que las Autori- dades puedan comprobar la condición de expendedores. SUSPENSIÓN DE PLAZOS EN LOS PROCEDIMIENTOS CON LA ADMINISTRACIÓN Por otro lado, la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto, determina la suspensión y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimien- tos de las entidades del Sector Público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto del Estado de Alarma o, en su caso, las prórrogas del mismo. No obstante lo anterior, el órgano com- petente podrá acordar, mediante resolu- ción motivada, las medidas de ordenación e instrucción estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves en los dere- chos e intereses del interesado en el pro- cedimiento y siempre que éste manifieste su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo. La suspensión de los términos y la inte- rrupción de los plazos no será de aplica- ción a los procedimientos administrativos en los ámbitos de la afiliación, liquidación, Tribuna legal cotización de la Seguridad Social, ni a los plazos tributarios, sujetos a normativa es- pecial, ni afectará, en particular, a los pla- zos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias. CIERRE DE LA EXPENDEDURÍA EN SUPUESTOS DE ENFERMEDAD DEL EXPENDEDOR Debido a la situación de crisis sanitaria en la que nos encontramos actualmente, entendemos conveniente recordar los pa- sos a seguir por el expendedor en aquellos casos en que se vea obligado a proceder al cierre de la expendeduría debido a enfer- medad. A este respecto, el artículo 47. Cuatro del RD 1199/1999, de 9 de julio, establece que "Los cierres por un plazo inferior a cinco días laborables no requerirán autorización previa, pero deberán comunicarse al Comisionado para el Mercado de Tabacos con una antelación de dos días, salvo en el caso de enfermedad, que podrá comunicarse a posteriori, dentro de los dos días siguientes al inicio del cierre." Por lo tanto, en el supuesto de enfermedad del titular del estanco inferior a cinco días laborables, éste podrá proceder al cierre del establecimiento temporalmente sin necesidad de autorización previa del Co- misionado, teniendo únicamente la obli- gación de comunicar dicho cierre median- te escrito, dentro de los 2 días siguientes al inicio del cierre. En caso de necesitar cerrar el estanco du- rante un plazo superior a cinco días labo- rables, será necesaria solicitar también por escrito la autorización expresa al Co- misionado para el Mercado de Tabacos. Os recordamos que la presentación del escrito de cierre por enfermedad puede realizarse tanto por correo certificado con acuse de recibo remitido al Registro Ge- neral del Comisionado para el Mercado de Tabacos (Paseo de la Habana, núm. 140, de Madrid) como a través del Registro Elec- trónico (https://rec.redsara.es/registro/ action/are/acceso.do). A continuación se incluyen los siguientes Formularios: COMUNICADO DE CIERRE TEMPORAL POR ENFERMEDAD, para los supuestos inferiores a cinco días labora- bles y SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE CIERRE TEMPORAL POR ENFERMEDAD, para los supuestos superiores a cinco días laborables. Para finalizar, otra norma de especial in- terés publicada recientemente con moti- vo de la crisis sanitaria del COVID-19 es el Real Decreto Ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas me- didas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, des- tacando entre otras cuestiones el artículo 5, por el que se considera situación asimi- lada a accidente de trabajo, los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19. Esto significa que tanto los expendedores, que son trabajadores autónomos, como sus empleados pueden acogerse a dicha situación de baja por accidente laboral, en el caso de que se produzca esta circuns- tancia. PILAR BARBA PEÑA. Colegiado: 81.904 Firma En caso de necesitar cerrar el estanco durante un plazo superior a cinco días laborables, será necesaria solicitar también por escrito la autorización expresa al Comisionado para el Mercado de Tabacos. Puede realizarse por correo certificado con acuse de recibo o a través del Registro Electrónico. 54COMUNICADO DE CIERRE TEMPORAL DE LA EXPENDEDURÍA POR ENFERMEDAD INFERIOR A CINCO DÍAS LABORABLES En _________ a ____ de ___________ de 2020. D./Dña. ___________________________________, con D.N.I. núm. ___________, titular de la ex- pendeduría de Tabaco y Timbre núm. _______ de __________________, con el código del Comisionado núm. ___________, y con domicilio a efectos de notificaciones en la C/ _________________________ , núm. _____, de la ciudad de ____________. EXPONE PRIMERO.- Que por motivo de enfermedad, me veo imposibilitado temporalmente para poder continuar con la gestión de la expendeduría de la que soy titular, la cual tuve que cerrar el pasado día __ de ___________ de 2020. SEGUNDO.- Que de acuerdo al artículo 47.Cuatro del Real Decreto 1199/99, de 9 de julio, por el que se de- sarrolla la Ley 13/98, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, y que regula el Estatuto Concesional de la Red de Expendedurías de Tabaco y Timbre del Estado, COMUNICO a este Organismo el cierre temporal al que me he visto obligado por las circunstancias indicadas. Atentamente, Firma del titular y sello de la expendeduría. SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA CIERRE TEMPORAL POR ENFERMEDAD SUPERIOR A CINCO DÍAS LABORABLES D./Dña. ___________________________________, con D.N.I. núm. ___________, titular de la ex- pendeduría de Tabaco y Timbre núm. _______ de __________________, con el código del Comisionado núm. ___________, y con domicilio a efectos de notificaciones en la C/ _________________________ , núm. _____, de la localidad de ____________, provincia de _______________. EXPONE PRIMERO.- Que por motivo de enfermedad _________________________________ (espe-cificar enfermedad), me veo imposibilitado temporalmente para poder continuar con la gestión de la expende- duría de la que soy titular, por un periodo de _____________ (establecer plazo). SEGUNDO.- Que de acuerdo al artículo 47.Uno del Real Decreto 1199/99, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/98, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Norma-tiva Tributaria, y se regula eL Estatuto Concesional de la Red de Expendedurías de Tabaco y Timbre, ME SEA CONCEDIDA LA AUTORIZA- CIÓN PARA EL CIERRE TEMPO-RAL DE LA EXPENDEDURÍA de la cual soy titular por un periodo de ____ ______(establecer plazo). Es justicia, que espera recibir en _________ a ____ de ___________ de 2020. Firma y sello de la expendeduría. 555656 D ecía Oliver Wendell Holmes: “Para el hombre, como para el pájaro, el mundo ofrece muchos sitios donde posarse, pero nidos solamente uno: su hogar” . Y si de algo puede servir el confinamiento obligatorio provocado por la pandemia de COVID-19 es para reconciliarse con el hogar, con ese espacio que a veces no valoramos lo sufi- ciente, pero que es el refugio perfecto para cada cual. Y junto al hogar y sus condiciones abso- lutamente únicas para cada persona, las tecnologías de la información ofrecen po- sibilidades que hace apenas 40 años solo existían en las novelas de ciencia-ficción. La primera opción y más popular es la te- levisión y su programación habitual o, si prefieres elegir tu programación, las di- ferentes plataformas “online” que ofrecen un amplísimo catálogo de películas, series y documentales para todos los gustos. Algo parecido ha ocurrido con algunas editoriales que han decidido poner a dis- posición de los lectores, de forma gratui- ta, algunas de sus publicaciones. Este es el caso de Planeta o Anagrama con libros, y Axel Springer y Hearst, con algunas de sus revistas. Pero para los que quieren “escapar” del encierro, quizás lo más interesante son las visitas virtuales. Gracias a la tecnolo- gía es posible visitar con el ordenador o el teléfono móvil lugares de enorme interés cultural, artístico o incluso paisajístico. Ocio DESTINOS Las tecnologías de la información ofrecen posibilidades que hace apenas 40 años solo existían en las novelas de ciencia-ficción. Museos Vaticanos (Italia). Todo el mundo desde el sillón de casaPara empezar, es posible situarse en el prin- cipio de los tiempos, con la visita virtual que nos ofrece English Heritage al monumento megalítico de Stonehenge (https://www. english-heritage.org.uk/visit/places/sto- nehenge/history-and-stories/stonehen- ge360/). No sólo es posible ver el monumen- to sino que permite acercarse a cada una de sus piedras y girar alrededor como si el visi- tante estuviera en el mismo centro. Y siguiendo con las grandes construcciones de la antigüedad, también es posible visi- tar una recreación virtual de las píramides y monumentos de Giza (http://giza.fas.har- vard.edu/ ). Pero además, la web nos ofrece grandes cantidades de información sobre este yacimiento arqueológico. También es posible visitar algunas de las principales joyas de los Museos Vaticanos, incluyendo la Capilla Sistina, en forma- to 360º con solo entrar en la dirección web http://www.museivaticani.va/content/mu- seivaticani/es/collezioni/musei/tour-vir- tuali-elenco.1.html. En caso de preferir un paseo por un para- je natural, una buena opción es “La subida a San Juán de Gaztelugatxe en 360º” que se puede encontrar fácilmente haciendo una búsqueda en Youtube. Igualmente, es posible disfrutar de una vista panorámica 360º de Machupicchu en Perú a través de la página web https:// www.cusco360.com/panorama/machu- picchu/. Y para los amantes de la naturaleza, la web https://www.virtualyosemite.org/vir- tual-tour/ ofrece increíbles imágenes 360º con sonidos ambientales de las principales atracciones del mítico Parque Nacional de Yosemite en California (EEUU). Para los que quieren “escapar” del encierro quizás lo más interesante son las visitas virtuales. Gracias a la tecnología es posible visitar con el ordenador o el teléfono móvil lugares de enorme interés cultural, artístico o incluso paisajístico. Yosemite (EEUU). San Juan de Gaztelugatxe (España) Stonehenge (Reino Unido). Machupicchu (Perú). 575858 Los sudokus son un juego de lógica cuyo objetivo es rellenar cada una de las casillas con números distintos del 1 al 9, de forma que no se repita ninguno ni por filas, ni por columnas, ni por cuadros de tres por tres casillas. SUDOKU 1876395 324 41 493672 67294 13 94312 3819 274 154 356 69 951 16 378 713 7386 589 SUDOKU Este juego de habilidad y agudeza visual consiste en identificar las diez palabras escondidas en el cuadro de derecha a izquierda, de izquierda a derecha, de arriba abajo, de abajo a arriba y en diagonal. Aerobic - Ampolla - Bostear - Chuyo - Cuanto - Gallero - Hatear - Ignaro - Jamuga - Libelo - Pajaza - Pastel SOPA DE LETRAS QFRPQJWDALAINMINUCIA KTLIVYXIVVYENCAPARZH ÑKPIRBSCROMADODKUHGG MSTLAWVHKPDKLDAJAJOJ AIRWZTPESMEROPLOHEBV FEWGILCXTOVYÑVATOFMO FWYORESLOBGUWKBIRMQR CGPDNYDETSAPMEERCMJH YYJUEYPBROAMZAXRANRF MJHJXCEOEDUNEMOUTCEF LOAVTDUXOHZFYLACEEZG OMZADOGRUCILASNKÑLCW Soluciones Marzo Ocio PASATIEMPOS SOPA DE LETRAS PAJAZAC H U ALLOPMAIGNAROY O RAETAHROTNAUC OGALLEROAEROBICJ LEA ETM BSPASTELU IOG LBA 368 5 29 174 2914 763 5 8 4 57 81 36 2 9 18 479526 3 53 6 2 4 1 8 97 9 726385 41 7 1 59 82 43 6 6 4 315 7982 829 36 4 715 952 7 86413 81 6 9 3 4 572 374 2 5 16 9 8 2 85 6 7 9341 19 7 3 4 2 8 56 6438 1 5 92 7 7 2 95 6 3 184 561 4 2 8 7 39 43819 7 26 5 Balada Bolsero Cromado Currito Empaste Encapar Enrizar Esmero Horcate Licurgo Menudeo Minucia➜ Preparado para cumplir con la trazabilidad. ➜ Al servicio del estanco y el estanquero. ➜ Fácil actualización de precios. ➜ Gestión sencilla y completa de compras y ventas. ➜ Gestión de pedidos a distribuidores. ➜ Siempre al día con actualizaciones constantes. 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